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Secciones de Trabajo Permanentes

Las Secciones de Trabajo estarán compuestas por dos miembros de cada grupo designados por el Pleno a propuesta del grupo correspondiente.

Las Secciones de Trabajo Permanentes son las siguientes:

Las Secciones determinarán en su sesión constitutiva las normas de convocatoria y funcionamiento de las mismas, eligiendo un presidente entre sus miembros.

Las reuniones de las Secciones de Trabajo están asistidas por el Secretario General.

 

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