El CES informa a favor de la creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria
Tal y como recoge la Exposición de Motivos, se hace necesaria la creación de un modelo de gestión que evite la rigidez de los sistemas de administración portuaria tradicionales, fuertemente constreñidos por la financiación presupuestaria y la dificultad en la gestión de los recursos humanos y materiales. El CES asume la oportunidad de este Anteproyecto de Ley en los términos generales en los que viene planteado.
El CES señala en su Dictamen que resulta urgente la aprobación de un Plan de Puertos de Cantabria que ordene y comprometa las inversiones del Gobierno regional en los próximos años, evitando que las acciones se ejecuten a impulsos de intereses coyunturales.
Asimismo, el Dictamen también se refiere a la situación del Puerto de Requejada. Sobre su situación jurídica y la necesidad de articular su transferencia a Cantabria, este Consejo reitera, al igual que hizo en su Dictamen 2/2003 sobre el Anteproyecto de Ley de Puertos de Cantabria, que es necesario regularizar la situación del Puerto, acometiendo las negociaciones necesarias con la Administración central, para que pase a ser de titularidad de la Comunidad Autónoma, respetando, en todo caso, unos derechos adquiridos.
Igualmente, el CES entiende que conviene enumerar en el Anteproyecto de Ley, cuáles son concretamente los Puertos afectados con la creación de esta Entidad. Además, se añade, podría considerarse en las previsiones de esta norma la situación de las instalaciones portuarias comprendidas en la Bahía de Santander, como son Camargo, Pontejos, Raos, Astillero y Vedreña.
Finalmente, en opinión de este Consejo, parece razonable que se recoja en la futura Ley una mención expresa que garantice los derechos adquiridos de los beneficiarios de concesiones y autorizaciones ya existentes, con el fin de que la entrada en actividad del Ente Público Empresarial Puertos de Cantabria no les suponga perjuicio alguno.

