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El CES dictamina a favor de la Ley de Garantía de Derechos y Atención a la Infancia y la Adolescencia

El Consejo Económico y Social de Cantabria ha emitido dictamen favorable sobre el Anteproyecto de Ley de Garantía de Derechos y Atención a la Infancia y la Adolescencia. Tal y como se recoge en el informe, se trata de una Ley con contenido eminentemente social, cuyo objetivo no es otro que la atención y la protección a la infancia y la adolescencia en varios ámbitos de su vida. Por todo ello, merece una valoración positiva desde el punto de vista de su contenido, al afrontarse con la voluntad de mejorar la regulación anterior y hacerla más completa y especializada.

Para el CES, la novedad más importante es el rediseño de las figuras de protección. La vigente Ley de Cantabria de Protección de la Infancia y Adolescencia distingue sólo dos situaciones, de riesgo y de desamparo. Sin embargo, el texto sometido a dictamen profundiza en la definición de riesgo y en las actuaciones que requiere, distinguiendo entre situación de riesgo de desprotección, de desprotección moderada, y situación de desprotección grave. En este sentido, el CES se pronuncia a favor del concepto de “cartera de servicios”, propio del ámbito sociosanitario. Permite, mediante la coordinación de las distintas Administraciones Públicas, ofrecer una serie de garantías y prestaciones adaptadas a cada situación y nivel de protección requerido.

Igualmente, este Consejo echa de menos que el texto objeto de estudio no incluya referencia alguna a la relación entre menores y asociacionismo, tanto en el aspecto positivo como en los riesgos que puede conllevar, por ejemplo, las sectas. También se echa en falta la regulación de los derechos y garantías relativas al mundo laboral y los menores, siendo de obligada referencia el acceso al empleo y la lucha contra la explotación infantil, por lo que se solicita una reglamentación más detallada.

Otra de las recomendaciones del CES advierte de que el anteproyecto puede parecer excesivamente intervencionista en las relaciones de familia por su intención proteccionista. Incluso, añade el CES, puede afectar a competencias estatales, al introducirse en materias propias de la legislación civil sustantiva o procesal. En esta línea, la Comunidad Autónoma se otorga en este anteproyecto la potestad de adoptar medidas cautelares sobre menores, sin tomar la tutela y hasta que recaiga resolución judicial, cuando estime que las circunstancias que pudieran dar lugar a la declaración de desamparo se aprecien sólo en un progenitor. Este Consejo se muestra crítico con esta previsión, estimando que la Comunidad Autónoma no tiene habilitación competencial. En su opinión, la adopción de dicha medida es una potestad que corresponde únicamente a los órganos judiciales.

El CES también se refiere a los derechos y a los deberes y responsabilidades recogidos en el texto. Se menciona una amplia gama de derechos a favor de los niños, niñas y adolescentes que no aparecen concretados y que simplemente parecen declaraciones de intenciones cuya exigencia será difícil de hacer cumplir. Y lo mismo ocurre con las obligaciones, que carecen de elementos que permitan instar a los menores a realizarlas, y sobre todo, carecen de efectos por incumplimiento. No obstante, el CES hace hincapié en que se trata de un avance respecto a la Ley anterior que ni siquiera les exigía responsabilidad u obligación alguna.

Finalmente, el CES señala que, para el cumplimiento de los objetivos de esta ambiciosa norma, se necesitaría una prioridad presupuestaria, lo que parece difícil en el actual contexto económico. Y es que, por un lado, se contempla la creación de nuevos Órganos y Servicios, y prestaciones económicas, tanto para menores como para familias. Pero, por otro, hoy en día se están planteando recortes presupuestarios, incluso en leyes tan importantes como la de Dependencia. 

 

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