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El CES de Cantabria informa a favor del control de la contaminación atmosférica industrial

La Comisión Permanente del Consejo Económico y Social (CES) ha aprobado, en su reunión del 11 de septiembre, el Dictamen sobre el proyecto de Decreto por el que se regula el control de la contaminación atmosférica industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El proyecto de Decreto sometido a consulta fue remitido en una versión anterior al CES para su valoración el pasado 11 de mayo de 2007. En aquella ocasión, el Consejo acordó no emitir el Dictamen requerido tras el cese del Gobierno al haberse celebrado elecciones al Parlamento, a pesar de continuar en sus funciones hasta la toma de posesión del nuevo Ejecutivo. Asimismo, se encontraba en tramitación parlamentaria el proyecto de Ley Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. El CES aplaude el cambio de planteamiento de la Consejería de Medio Ambiente que, motivada por las consideraciones expuestas por este Consejo, ha preferido aplazar la tramitación de esta normativa hasta la entrada en vigor de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, a la cual este Decreto tiene que someterse y que constituye normativa básica estatal en materia de medio ambiente.

El CES también resalta que se ha solicitado Dictamen sin acompañar la totalidad del texto del proyecto de Decreto. En concreto, se ha remitido el articulado pero no los cinco anexos del proyecto mencionados en aquel, por lo que la labor consultiva del Consejo ha quedado de esta forma reducida, perdiendo la Administración la oportunidad de obtener la opinión de la sociedad civil sobre algunos de los aspectos de la regulación que se tramita.

Además, se constata la falta de una mayor coordinación con el resto de normativa ambiental y en particular, con la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, que se ha descubierto en distintos preceptos de la norma que se recogen en el Dictamen.

Partiendo de estas consideraciones previas, el CES solicita limitar el ámbito de aplicación del Decreto. El anexo IV de la Ley estatal recoge el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificándolas en tres grupos. El futuro Decreto cántabro será de aplicación a todas ellas, pero dada su actual redacción, también podrá extender su aplicación a toda otra industria con fuentes de contaminación atmosférica no determinadas previamente, lo que genera, añade este Consejo, una gran inseguridad jurídica.

Otra de las recomendaciones del CES hace referencia a la solicitud y tramitación de la autorización de instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera. Se impone un plazo máximo para notificar la resolución de la autorización de seis meses. El CES considera este plazo excesivo. En su opinión, las administraciones deben contribuir a la competitividad del tejido empresarial regional, por lo que se solicita su reducción.

Otra de las propuestas del CES se refiere a las actividades que generen o utilicen materiales pulverulentos. Sin perjuicio de su aplicación a las instalaciones de nueva implantación, el CES advierte de la dificultad de las pequeñas empresas existentes, mayoría en nuestra región, para adaptarse a la normativa expuesta, tanto en términos económicos, como técnicos. Por ello, se reclama el establecimiento de una regulación que establezca un régimen transitorio que facilite a estas empresas la adaptación a las tecnologías solicitadas. Además, con carácter independiente de la norma, se requiere también el establecimiento de un régimen de ayudas económicas, así como la puesta en marcha de las medidas administrativas y burocráticas necesarias para la consecución de las mismas.

En este mismo sentido, al CES le preocupa el coste económico que supone para las empresas el requerimiento de asistencia de entidades externas para la realización de autocontroles, por lo que insta al Gobierno regional a hacer lo posible para que estos costes no constituyan una carga económica irracional para las empresas, particularmente para las PYMES, las cuales tienen menos personal cualificado y capacidad negociadora en la contratación. En otras Comunidades Autónomas se ha llegado, incluso, a regular la tarificación de estos organismos de control.

Por todo ello y atendiendo a las demás sugerencias realizadas, el CES emite Dictamen favorable sobre el proyecto de Decreto por el que se regula el control de la contaminación atmosférica industrial en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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