Dictamen del Consejo Económico y Social de Cantabria al Plan de Ordenación del Litoral
- Insta al Gobierno regional a elaborar el Plan Regional de Ordenación Territorial a la mayor brevedad
Sin embargo, el CES estima que debería acometerse, a la mayor brevedad, el Plan Regional de Ordenación Territorial, instrumento que, a juicio de este Consejo, debería haberse aprobado con anterioridad al POL. De lo contrario, añade el CES, podría ocasionarse no solo un desequilibrio territorial importante entre las zonas del litoral y las zonas del interior, sino también una quiebra del principio de igualdad ante la ley. Y es que, tal y como recoge el Dictamen, los municipios no costeros se ven relegados en la puesta en marcha de instrumentos de ordenación del territorio que favorezcan el desarrollo económico.
Asimismo, este Organismo advierte de la excesiva acumulación de competencias de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo. El CES considera que se encomiendan a la CROTU muy amplias atribuciones que van desde autorizaciones hasta labores de interpretación. Según el Consejo, esta concentración competencial es excesiva.
En cuanto a las recomendaciones particulares al articulado, el CES sugiere añadir un nuevo artículo. Éste definiría las Áreas de Actuaciones Estratégicas, al igual que se hace en las Áreas de Protección y de Ordenación, integrando tal y como hace el artículo 51 las tres actuaciones posibles: Zona de Actuación Integral Estratégica Productiva; Zona de Actuación Integral Estratégica de Reordenación; y Zona de Actuación Integral Estratégica Ambiental.

Descargar Dictamen 04/2004