Dictamen del CES sobre el Proyecto de Decreto de Modificación del Decreto 12/2006, de Medidas para favorecer el acceso a la vivienda en Cantabria
La Comunidad Autónoma de Cantabria, en un plazo muy breve, que ha sido elogiado por el CES, está tramitando la adaptación de las normas autonómicas sobre vivienda a esa disposición estatal. El Consejo valora positivamente esa celeridad y anima a que en el futuro se mantenga esta buena práctica.
El CES ha tenido en consideración las circunstancias coyunturales por las que atraviesa el sector de la construcción y a las que aluden el Real Decreto Estatal y el Proyecto de Decreto Autonómico, que se marcan el objetivo de incentivar la actividad en este sector mediante la potenciación del mercado de las viviendas protegidas.
En esta línea se encuadra, por ejemplo, la posibilidad introducida de calificar viviendas libres, actualmente en construcción o con menos de un año construidas, como viviendas protegidas, cumpliendo una serie de requisitos. Parece que se busca reactivar promociones que actualmente no encuentran mercado debido a la desaceleración constatada.
Aparte de la mencionada, otra reforma es el aumento del precio máximo de la vivienda protegida en un triple ámbito: el aumento del Precio Básico Nacional en 4,4%; el aumento del Coeficiente Multiplicador de las Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial de 1,40 al 1,50%; y, por último, el incremento sobre los precios calculados anteriormente de las viviendas de Santander de un 20 a un 30% si son viviendas usadas. Este porcentaje final (30%), se aplicará también a las viviendas de nueva construcción en la ciudad.
Estas reformas suponen, en su conjunto, un fuerte aumento del precio de venta por metro cuadrado útil de vivienda protegida que oscila de un 4,4 a más de un 21%. Este incremento afectará, sobre todo, a las personas de menores ingresos, que son aquellas que pueden optar a las Viviendas de Protección Oficial de Régimen Especial, cuyo precio ha sufrido una mayor subida.
El CES cree posible que estas prácticas incentiven el mercado inmobiliario en desaceleración, y entiende el fuerte peso de este sector tanto en su aportación al crecimiento económico como al empleo. Pero el Consejo considera que serían necesarias medidas adicionales tomadas desde las competencias de las Comunidades Autónomas. Se sugieren, como ya se hizo en dictámenes anteriores en los años 2002 y 2005, actuaciones sobre la disponibilidad de suelo público para la construcción de este tipo de inmuebles y sobre la duración de la calificación de vivienda protegida.
Estas sugerencias que, según el CES, mantienen su vigencia son: Una mayor cooperación entre las Administraciones “acentuando la responsabilidad primordial que tiene la Administración Municipal”; otorgar el suelo para promoción de vivienda protegida en régimen de derecho de superficie por setenta y cinco años, como se está realizando en otras comunidades autónomas; y el mantenimiento, a más largo plazo o permanente, de la calificación de la vivienda como de protección oficial, posibilidad que también ha sido llevada a cabo con éxito en otras comunidades autónomas.
El Consejo llama la atención sobre la previsión que hace el proyecto de que se puedan declarar otros términos municipales como de precio máximo superior “Grupo C”, por el incremento de precio que supondrá en dichas localidades. Además, señala que, si la intención del Gobierno es proponer una modificación de los ámbitos territoriales como de “Grupo C”, debe manifestar dicha intención a la Administración Central con carácter de urgencia, ya que tiene que aprobarse por Orden Ministerial antes del 31 de marzo de este año.
Sobre las condiciones y procedimiento para conceder subvenciones a los propietarios de viviendas libres con destino al arrendamiento, se valora de forma favorable que se otorguen subvenciones con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma cuyo destino sea cubrir seguros por impagos o desperfectos. Una medida, en principio positiva, si su objetivo es crear estímulos para promover el arrendamiento de viviendas desocupadas ofreciendo a la propiedad seguridades adicionales.
También se valora muy positivamente, en cuanto a viviendas objeto de ayudas financieras, la ampliación del límite de la superficie útil máxima para las adaptadas a personas con discapacidad o movilidad reducida. La reforma supone una mejora de 12 metros cuadrados de límite, en viviendas que requieren más espacio para la eliminación de barreras arquitectónicas.

