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Dictamen del CES sobre el anteproyecto de ley por el que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria

El Consejo Económico y Social de Cantabria ha emitido Dictamen favorable sobre el anteproyecto de Ley por el que se crea la agencia Cántabra de Administración Tributaria, que el Gobierno de Cantabria le remitió para consulta el pasado 15 de abril.

El anteproyecto que se informa sigue el modelo de otras agencias autonómicas con leves mejoras pero sin una Oficina para la defensa del contribuyente, cuya inclusión se recomienda, máxime cuando la existencia de este tipo de oficina está prevista en la Ley.

A través de esta Oficina los ciudadanos podrían hacer llegar a las autoridades y responsables de la Administración Tributaria de Cantabria cualesquiera quejas, sugerencias o propuestas que deseen transmitir como consecuencia de sus relaciones con la misma, de forma similar al funcionamiento del Consejo Estatal para la defensa del Contribuyente en la Secretaría de Estado de Hacienda.

Se propone, pues, que se cree en la Agencia cántabra una Oficina de Defensa del Contribuyente. Adscrita a la Consejería competente en materia de Hacienda, velará por la efectividad de los derechos y garantías de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración.

Dado que la Agencia gozará de mayor autonomía de gestión y flexibilidad que la actual estructura administrativa autonómica nos parece razonable compensar dicha libertad con la creación de una Oficina del Defensor del Contribuyente que vele por la efectividad de los derechos y garantías de los ciudadanos en la actuación de la Agencia.

Por otro lado, se valora de forma positiva la introducción de fórmulas de gestión de los servicios públicos basadas en la responsabilización por resultados.

A pesar de que la Agencia gozará de una mayor autonomía de gestión y flexibilidad presupuestaria y de personal que otros entes públicos, estará sujeta a fuertes medidas de control basadas en el contrato de gestión aprobado por el Consejo de Gobierno, la evaluación de resultados y la responsabilidad de los gestores en caso de incumplimiento.

 

Al tiempo, se sugiere incluir, como principio de actuación de la Agencia Tributaria, la transparencia en cuanto a la fijación de criterios y objetivos en sus ámbitos de actividad, en particular, en materia de lucha contra el fraude, como se recogen en la regulación comparada de otras Comunidades Autónomas.

Finalmente, se solicita que el Consejo de Gobierno marque un plazo de tiempo, inferior a nueve meses, para aprobar el Reglamento de desarrollo de la presente Ley.

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