Dictamen del CES al Proyecto de Decreto en materia de vivienda
El Consejo Económico y Social (CES) ha emitido Dictamen sobre el proyecto de Decreto sobre actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo en Cantabria, que la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo le remitió el pasado 17 de mayo. El CES reclama con urgencia a las Administraciones, "acentuando la responsabilidad primordial que tiene la Administración Municipal", "soluciones que permitan la puesta en el mercado de suelo disponible y la reducción de sus precios, con el subsiguiente abaratamiento de las viviendas". Asimismo, insta al Gobierno regional a emplazar a los Ayuntamientos a alcanzar un acuerdo global sobre la gestión de suelo. Es preciso, recoge el Dictamen, "que realicen un esfuerzo de flexibilización, frenando la escasez artificial del suelo y la especulación del mismo".
Esta decisión, añade el CES, es ya inaplazable "y los ciudadanos debemos demandar con contundencia e insistencia a nuestros dirigentes una solución que palie este problema. No nos podemos resignar con un cierto catastrofismo a que la carestía de la vivienda sea un hecho inexorable y de que para muchos - cada vez más - la vivienda sea un hecho inalcanzable". Si esta acción no se realiza, asegura el Consejo, este Plan de vivienda sometido a Dictamen es papel mojado y carece de virtualidad su realización.
Tal y como recoge el Dictamen, este es el principal problema que apenas está siendo abordado y, en cualquier caso, tampoco está siendo resuelto por las Administraciones competentes. "La Administración urbanística y de vivienda no ha sabido hacer frente a un problema nuevo, complejo y con múltiples implicaciones económicas".
Aunque el precio de la vivienda se ha incrementado año tras año en todo el territorio español, Cantabria se ha convertido en una de las Comunidades más caras. Así, si en el año 98 adquirir una vivienda en Cantabria costaba 5,5 años invirtiendo todos los ingresos, en el año 2000 suponía 7,8 años. Hoy por hoy construir vivienda de promoción pública no resulta rentable al constructor/promotor, por lo que las viviendas que se inician son mayoritariamente de promoción libre, sobre todo en municipios como Santander, y la mayoría de los costeros.
La disponibilidad de suelo es el factor que condiciona en mayor medida el precio de la vivienda en España y, por tanto, el factor que más dificulta el acceso al disfrute del derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada.
El CES, en su Dictamen, hace referencia al Informe sobre suelo y urbanismo en España, elaborado por una Comisión de Expertos para el Ministerio de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente. Según este Informe, en 1996, el 55 por ciento del aumento del precio de la vivienda entre 1985 y 1992 correspondió al coste del suelo, debiéndose el 45 por ciento restante a los aumentos del coste de la construcción y la gestión y al aumento de los beneficios. El Informe también refleja que la repercusión del precio del suelo en el coste de la vivienda llegó a alcanzar en 1992 el 43 por ciento del precio total, frente a un 25 por ciento en 1985. Asimismo, señala como la causa principal del encarecimiento del suelo, la escasez artificial y administrativa del mismo. A ello se suman los efectos derivados de fenómenos de retención de suelo ya calificado. En definitiva, lo que se pone de manifiesto es que, puesto que sólo el suelo calificado como urbanizable puede servir de soporte a la edificación, y dada la escasez del mismo, el desarrollo de una eficaz promoción inmobiliaria requiere una política más flexible de calificación de suelo por parte de las Corporaciones Locales, sin perjuicio de las exigencias de ordenación del territorio. La gestión de este suelo potencialmente urbanizable, supone para las Corporaciones Municipales unos ingresos bastante sustanciales para sus precarias arcas, constituyendo una de sus vías de financiación, a las que lógicamente no van a renunciar si no se les ofrece unas fuentes de financiación alternativas. En este sentido, el CES no justifica la utilización de la normativa de suelo como instrumento recaudatorio, aunque puede llegar a entenderla.
En sus conclusiones, el CES insiste en que deben ser las Administraciones y muy particularmente los Ayuntamientos de Cantabria los que deben llegar a un Pacto sobre el suelo. "Es obligación de nuestros representantes municipales incidir en el mercado con los instrumentos legales que tienen entre sus competencias, en el hoy por hoy, mercado inflacionista de la vivienda, y esto solo es posible con la articulación de Pactos o Convenios globales entre las tres Administraciones, Central, Autonómica y Local, que den como fruto una flexibilización de los plazos en los procedimientos urbanísticos, así como la acometer la gestión del suelo urbanizable a través de consorcios o entidades supramunicipales para aquellos municipios que no tengan la suficiente capacidad de gestión".

