Dictamen del CES al Proyecto de Decreto de creación del Centro Integrado de Formación Profesional número 1 de Santander
Tal y como prevé la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y la Formación Profesional, las Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias, podrán crear y autorizar centros integrados de formación profesional. Asimismo, se recoge que la creación de Centros integrados de formación profesional responde a la necesidad de asegurar una oferta integrada que capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y sirva de recurso formativo permanente a la población adulta para mejorar sus condiciones de empleabilidad.
Como desarrollo a la legislación estatal citada, el proyecto de Decreto que se somete a dictamen crea el primer Centro Integrado de Formación Profesional de Cantabria, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2002, y en el Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, que regula los requisitos básicos de los Centros Integrados de Formación Profesional.
La principal recomendación del CES hace referencia a la oferta formativa. Tal y como se establece en el proyecto de Decreto, la oferta formativa se realizará en la modalidad presencial y, en su caso, a distancia. En opinión del CES, esta redacción impide conocer si se impartirá o no formación a distancia, o en qué supuestos se prestará, por lo que se propone su concreción.
Por todo ello, el Consejo Económico y Social de Cantabria emite Dictamen favorable sobre el Proyecto de Decreto de creación del Centro Integrado de Formación Profesional n° 1 de Santander, que el Gobierno regional le remitió el pasado 1 de junio.

Descargar Dictamen 12/2006