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Dictamen del CES al Plan Energético de Cantabria 2005-2011

El Consejo Económico y Social de Cantabria ha emitido Dictamen favorable sobre el Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Plan Energético de Cantabria 2005-2011 (PLENERCAN), que el Gobierno regional le remitió el pasado 5 de junio.

El CES valora la iniciativa de afrontar la planificación del sector de la energía en nuestra región, desde la perspectiva del desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, tan importante a nivel de desarrollo económico, como de desarrollo personal en cuanto a la calidad de vida. Sin embargo, el CES señala que este Plan debería haber comenzado su ejecución a principios del año 2005, por lo que lamenta que se presente al Consejo con más de un año y medio de retraso.

El Consejo resalta como principal y primordial necesidad en Cantabria la garantía de suministro energético. En esta línea, insta al Gobierno regional al desarrollo de un Plan de Infraestructuras de Transporte Eléctrico de Cantabria, similar al realizado en el ámbito de la distribución. Insiste, además, especialmente, en la necesidad de desarrollar las líneas previstas de 400kV, que garantizarán el suministro eléctrico y mejorarán la calidad del mismo. En cuanto a las infraestructuras gasistas, el CES prioriza la construcción de la nueva línea de conexión de Treto con Vizcaya, que asegurará el suministro en caso de incidencia en la línea de conexión con la meseta.

El texto dictaminado contempla la importancia de seguir fomentando la investigación en el ámbito energético. En este sentido, el CES solicita al Ejecutivo cántabro concretar cuál debe ser la línea de investigación prioritaria. El CES sugiere, como opción, la investigación en las energías renovables características de nuestra región, como la energía de olas o la mareomotriz.

El CES también se detiene en la creación de la Agencia Cántabra de la Energía. Considera que, por su trascendencia, se debería haber ido más allá en la concreción de sus responsabilidades, funcionamiento y composición. Además, para el CES resulta indispensable la participación de los agentes económicos y sociales en los órganos de coordinación que finalmente se determinen, al igual que se sugiere en relación a los órganos que regulen el seguimiento, control y evaluación del Plan.

Otra de las recomendaciones del CES hace referencia a las zonas permitidas para la implantación de parques eólicos, cuya efectiva instalación queda condicionada al posterior estudio de impacto ambiental. Este Consejo sugiere que se especifiquen mecanismos de revisión y modificación del Plan para que se puedan buscar alternativas, en el caso de que los escenarios previstos no reciban la aprobación ambiental necesaria, o se imponga la adaptación a nuevas circunstancias sobrevenidas, como pueda ser el desarrollo de la ciencia eólica. Y es que el Plan apuesta por la generación de energías renovables, basándose principalmente en la producción eólica, por lo que si este objetivo no se consigue, el Plan quedaría totalmente frustrado.

En esta misma línea, el CES echa en falta que, al igual que se ha estudiado con gran esfuerzo la posible ubicación de los parques eólicos, se haya desaprovechado la ocasión para analizar, en igual profundidad, el establecimiento de centrales de producción de energía eléctrica por combustión de hidrocarburos, previstas también en el Proyecto de Decreto.

El Plan recoge las dos propuestas existentes de construcción de plantas de ciclo combinado, como opción para garantizar el suministro energético en Cantabria. El CES señala que el abastecimiento del gas necesario para la generación de energía eléctrica en estas plantas, no está asegurado a medio/largo plazo por la inestabilidad característica en las áreas de origen del suministro. Además, este Consejo no considera necesaria la construcción de estas dos plantas puesto que con una se cubriría nuestro abastecimiento. En cuanto a las propuestas de ubicación, al CES no le parecen las más adecuadas, ya que la zona de Torrelavega tiene ya una fuerte carga en cuanto a emisiones a la atmósfera se refiere. Otro problema añadido lo constituiría la instalación de líneas de salida de la electricidad generada a través de espacios con importantes asentamientos de población.

Igualmente, el CES llama la atención para que se asegure la adecuación del texto sometido a consulta a su marco normativo, no sólo en el ámbito supranacional y comunitario, sino también nacional, al no estar reflejadas todas las normas de posible aplicación en este caso, como la reciente Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Asimismo considera que sería adecuado incluir una mención referida a la elaboración del futuro Código Técnico de la Edificación, presente en el cuerpo del Plan, y de gran influencia en el desarrollo del mismo.

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